CASTIGO A SECUESTRADORES ¿Y LOS JUZGADORES?

XALAPA, VERACRUZ.- Finalmente al parecer alguien les “puso las pilas” a los y las señoras diputadas que acordaron ayer en la tarde, convocar al Sexto Periodo de Sesiones Extraordinarias, correspondiente al Primer Año de Ejercicio Constitucional de la Sexagésima Primera Legislatura del Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

El motivo principal es el discutir y en su momento aprobar la iniciativa de decreto del gobernador Fidel Herrera Beltrán que reforma los artículos 48 y 163 del código penal para el estado de Veracruz, para castigar con cadena perpetua –prisión vitalicia- a quienes comentan el delito de secuestro.

Nadie en sus cinco sentidos, puede criticar que se castigue con mayor rigor a los que cometen el delito de secuestro.

Aunque se han pronunciado algunas voces de juristas que aseguran que el aumento de penas, no representa necesariamente que el delito vaya a disminuir.

La iniciativa que seguramente será aprobada el próximo jueves en el Congreso veracruzanos consiste en lo siguiente:

“INICIATIVA DE DECRETO QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 48 Y 163 DEL CÓDIGO NÚMERO 586 PENAL PARA EL ESTADO LI BRE Y SOBERANO

DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE.

Artículo primero. Se reforma el artículo 48 del Código número 586, Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, para quedar como sigue:

Artículo 48. La prisión consiste en la privación de la libertad corporal del sujeto activo del delito, hasta por setenta años, que será compurgada en el lugar que se designe el órgano ejecutor de las sanciones. Sólo en los casos en que la Ley expresamente lo autorice, se podrá imponer Prisión Vitalicia.

En toda pena de prisión se computará el tiempo de detención y de prisión preventiva. Tratándose de dos o más penas de prisión, impuestas cada una en sentencias diferentes, se cumplirán invariablemente de manera sucesiva.

Artículo segundo.- Se reforma el artículo 163 del Código número 586, Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, para quedar como sigue:

Artículo 163.- Se impondrán de veinte a cincuenta años de prisión y multa hasta de mil días de salario a quien prive de su libertad a otro cuando se pretenda:

I. Obtener rescate;

II. Causar daño o perjuicio al secuestrado;

III. Causar daño o perjuicio a terceros relacionados con el secuestrado; o

IV. Que la autoridad haga o deje de hacer un acto de cualquier índole.

A los sentenciados por el delito de secuestro previsto en este artículo no se les concederán los beneficios comprendidos en la Ley de Ejecución de Sanciones para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y su tratamiento penitenciario se ajustará estrictamente a lo que dicho ordenamiento puede disponer, en el caso específico de la comisión de este ilícito.

La pena de prisión podrá ser vitalicia cuando:

a) Se prive de la vida a la víctima del delito, o la misma sea mujer, menor de edad, mayor de sesenta años o por cualquier causa no pueda resistir el ilícito; padezca alguna enfermedad que requiera el suministro de medicamentos o de tratamiento médico que no deba de ser suspendido, o

b) El sujeto activo del delito sea o haya sido, o se ostente sin serlo, integrante de alguna institución policíaca o servidor público federal, estatal o municipal en alguna de las áreas de prevención o persecución de delitos, administración de justicia o readaptación social; o tenga alguna relación de confianza, laboral, de parentesco o de negocios con el pasivo o con sus familiares; cometa el delito en términos de pandilla o asociación delictuosa o con la intervención de inimputables, o mutile el cuerpo de la víctima.”

Ojalá que al aumentar el castigo para los secuestradores, no signifique que nada más van a aumentar el monto de los rescates.

Es necesario que se detenga y castigue “Con todo el rigor de la Ley” diría el gobernador Fidel Herrera.

Porque hay que recordar que hace unos días, cuando el juez se fue de vacaciones, el secretario que lo suplía dejó en libertad a quienes habían sido detenidos por el delito de amenazas, plagio y secuestro.

Bien que se castigue a los secuestradores con mayor rigor, pero a los funcionarios del poder judicial que $$$$$ dejan en libertad a los delincuentes también se les va a aplicar la ley con mayor rigor.

¿Para cuándo?


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